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Visa de Países Amigos

En Panamá hay una gran cantidad de permisos migratorios, aquí le explicamos sobre uno de los más solicitados: Visa de Países amigos.


El programa Países Amigos, se otorga a las personas que realizarán una actividad específica en Panamá (inversión, contrato de trabajo, compra) y que es nacional de los siguientes países:

1. Alemania

2. Andorra

3. Argentina

4. Australia

5. Austria

6. Bélgica

7. Brasil

8. Canadá

9. Chile

10. Chipre

11. Corea Del Sur

12. Costa Rica

13. Croacia

14. Dinamarca

15. Eslovaquia

16. España

17. Estados Unidos De América

18. Estonia

19. Finlandia

20. Francia

21. Grecia

22. Hong Kong

23. Hungría

24. Irlanda

25. Israel

26. Japón

27. Letonia

28. Liechtenstein

29. Lituania

30. Luxemburgo

31. Malta

32. Marino

33. México

34. Mónaco

35. Montenegro

36. Noruega

37. Nueva Zelanda

38. Países Bajos

39. Paraguay

40. Perú

41. Polonia

42. Portugal

43. Reino Unido

44. Republica Checa

45. Serbia

46. Singapur

47. Sudáfrica

48. Suecia

49. Suiza

50. Taiwán

51. Uruguay


Requisitos:

  • Poder y solicitud mediante abogado en papel simple, original y copia.

  • Copia autenticada de la resolución emitida por el Servicio Nacional de Migración si la posee.

  • Certificado expedido por el Servicio Nacional de Migración, donde conste el estatus migratorio del solicitante (B/.8.00 de timbres).

  • Copia debidamente cotejada ante Notario Público, del carné aprobado, o en trámite emitido por el Servicio Nacional de Migración, o copia del carné de residente permanente autentificado por la Dirección Nacional de Cedulación.

  • Cuatro (4) fotos tamaño carné con el nombre del solicitante escrito al dorso.

  • Demostrar la finalidad del permiso a través de razones laborales y razones de inversión en bien inmueble o un depósito a plazo fijo.

El permiso de trabajo expedido se otorgará de forma provisional por tres (3) años prorrogables por el mismo término.


Al momento de solicitar la prórroga del permiso de trabajo bajo esta modalidad, además de entregar los requisitos arriba mencionados se debe adicionar lo siguiente:

  • Pago de nueve (9) cuotas del Seguro Social o declaración de renta con su respectivo paz y salvo por la Dirección General de Ingresos.

Consulte con nuestros expertos del Departamento de Derecho Migratorio: https://www.cedeymen.com/migracion

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